Puede obtener el derecho a vivir y trabajar en los Estados Unidos, sin limitaciones de tiempo, como consecuencia del patrocinio de un familiar inmediato que sea ciudadano de EE.UU. o un residente permanente. Este pariente inmediato se le permite patrocinar a su cónyuge, hijos, padres, hermanos y hermanas (en estos dos últimos casos, el familiar directo debe ser un ciudadano de los EE.UU.).
Un ciudadano estadounidense puede patrocinar a su cónyuge para una tarjeta verde sin tener en cuenta la preferencia de la familia, un esposo, que es un pariente cercano, no está sujeto a las limitaciones numéricas de cualquier tipo. En estas condiciones, la tarjeta verde se emite generalmente al cónyuge inmigrante en seis a doce meses. Del mismo modo, un adulto ciudadano de los EE.UU. pueden patrocinar a sus padres.
Sin embargo, el cónyuge de un residente permanente, es decir, la Tarjeta de Residencia, debe esperar alrededor de 2 - 3 años para una tarjeta verde. En este último caso, el cónyuge se clasifica en la "Segunda Preferencia" categoría, que está sujeta a las limitaciones numéricas anuales.
Debido a las enmiendas al matrimonio fraude adoptadas en aplicación de la Ley del 1986 de Reforma y Control de Inmigración, ahora es más difícil obtener una tarjeta verde, aunque sea por el cónyuge de un ciudadano o Tarjeta de Residencia. La razón de estas modificaciones es acabar con la práctica de casarse únicamente con fines de Green Card. Ahora bien, si un matrimonio es inferior a dos años cuando el ciudadano y el cónyuge inmigrante asistiran a la entrevista de Inmigración y Naturalización, el cónyuge inmigrante recibe un "condicional" Tarjeta Verde, que tiene una validez de dos años. Durante ese tiempo, ambas partes van a la oficina del Servicio de Inmigración y Naturalización para una entrevista final, donde se debe probar que el matrimonio es auténtico, no entró en el propósito de adquirir una tarjeta verde. Si el oficial de la entrevista está convencido de que este es el caso, el cónyuge inmigrante recibira una tarjeta verde permanente y el derecho a la residencia permanente.
En la actualidad hay cuatro categorías de preferencia que permiten aquellos con estrechos lazos familiares suficientes para inmigrar a los EE.UU.
En la categoría de Primera Preferencia (F1) Hijos e hijas solteros de ciudadanos de los EE.UU.: No más números de los 23,400 necesarios para la preferencia de cuarta.
A.(F2A) Los cónyuges y hijos de residentes permanentes: 77% de la limitación de preferencia de segunda preferencia limitada, de los cuales 75% están exentos del límite por país;
B.(F2B) Hijos y hijas solteros (de 21 años de edad o más) de residentes permanentes: 23% de la limitación de preferencia de segundo preferencia limitada.
En la categoría de Tercera Preferencia (F3) Hijos y hijas casados de ciudadanos de los EE.UU.: 23,400, además de los números de los requeridos por las preferencias de la primera y segunda.
En la categoría de Cuarta Preferencia (F4) hermanos y hermanas de ciudadanos adultos de EE.UU.: 65,000, además de los números requeridos por las primeras tres preferencias.
En resumen, las relaciones familiares de distinto tipo, como entre los extranjeros (no ciudadanos de los EE.UU.) y ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes, son las bases más importantes sobre los que se persiguen, la inmensa mayoría de los visados de inmigración y otorga todos los años.
Póngase en contacto con nuestra oficina al 718-625-0800 o póngase en contacto con nosotros en línea para programar su consulta. Cobramos $ 200 por una consulta de inmigración. Si nos retiene para que lo representemos en su asunto de inmigración, los $ 200 se aplicarán a nuestra tarifa legal.